Un Convenio Regulador pasado por agua

Por desgracia en España es muy fácil, demasiado, encarcelar a un hombre. Basta una denuncia de tu pareja, o ex pareja para que pases una noche en 1 calabozo, o en 3 : el de la comisaría de tu barrio, el de la comisaría central y finalmente el del Juzgado.

No falta el habitual protocolo de lectura de derechos, fotos de frente y perfil, vaciado de bolsillos y efectos personales, engrilletamiento, permiso de los guardias para hacer tus necesidades, y charla con otros presos, por nombrar algunas. Una auténtica experiencia.

Al dia siguiente, dependiendo del temple de cada uno, es posible que estés declarando delante del juez, sin haber comido prácticamente nada y habiendo dormido aún menos. La cosa por lo general va así : en prácticamente 1 minuto debes decidir si conformar una pena o declararte inocente y seguir con tu imputación desde tu inocencia.

Si te conformas, eres culpable, y ya eres oficialmente un maltratador. En este punto debo decir que lógicamente no somos todos iguales y habrá quién lo sea de verdad. Pero este artículo no pretende ir dirigido a los maltratadores.

Si no te conformas el juez dicta unas medidas cautelares y si no la has liado parda, sales en libertad condicional a la espera de juicio. Por lo general, ese juicio puede tardar entre 1 y 2 años.

Durante esos 2 años, es posible que para el caso de tener hijos, y de que incluso ya estuvieses separado y tuvieses un Convenio Regulador, tu ex-mujer decida cambiar las condiciones de dicho Convenio Regulador. En ese caso, mientras afrontas el penal, debes afrontar también dicha modificación de Convenio. Lógicamente vas a derivar todo el papeleo de esa modificación hacia el Juzgado Civil. Pero resulta que incluso en el caso de que el Juez de 1ª instancia no te haya puesto ninguna medida cautelar, el Juzgado Civil se va a inhibir en favor del Penal, por ese delito contra la mujer que tienes en todo lo alto, y que ahora ya sabes que va a dirigir tus próximos pasos.

En resumen, el mismo Juzgado de Violencia Contra la Mujer va a juzgar tu penal y tu modificación de Convenio, y aquí es cuando empiezas a entender como los plazos pueden corromper el espíritu de una Ley. Invito a cualquiera a que me diga si juzgaron antes el penal o el Convenio. Yo puedo contar el caso que conozco, y es que se juzgo primero el Convenio donde lógicamente entras como un cordero al matadero, y aceptas lo que te quieran dar o quitar. Tienes un penal en todo lo alto, que lo condiciona todo, y no estás en el Juzgado Civil donde sería mucho mas fácil defender tu Convenio desde tu inocencia. El caso es que 2 semanas después !!!, se te cita para el penal. Es decir, después de 1 año y medio !!, se te cita para el Convenio y para el Penal en el mismo Juzgado con 2 semanas de diferencia, y te juzgan primero el Convenio.

Lógicamente en la modificación de Convenio te quitan las condiciones que de mutuo acuerdo se tomaron allá por cuando te separaste. Posteriormente, 2 semanas después, en el juicio por el penal, sales absuelto de todo. Y empiezas a pensar que te han hecho el tocomocho.

Luego oyes que se ha hecho justicia, que se ha demostrado tu inocencia, y no puedes evitar una mueca por pensar lo engañada que está la gente. También oyes que ahora que eres inocente puedes volver a presentar una demanda para modificación de Convenio, pero resulta que ya eras inocente al principio de esta historia, y también durante. Así que te dedicas a vivir tu vida lo mejor que puedes y aceptar las cosas como son.

Cascoporro marzo 2016

 
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4 pensamientos sobre “Un Convenio Regulador pasado por agua”

  1. Hola Casco,

    Cuando en otro hilo has mencionado la LIVG ya intuía por donde habían ido los tiros.

    Me cuentes lo que me cuentes, me lo creo.

    He visto situaciones esperpénticas donde con medidas previas se establecía compartida y en el lapso de tiempo que se ventilara el procedimiento principal (generalmente divorcio) se produce una denuncia de maltrato (muchas veces psicológico y con un fin perverso de contrarestar la compartida) y atraer la competencia del divorcio al Juzgado de Violencia de Género, donde se sustancia el juicio rápido.

    Cierto es lo que dices, y entiendo que reniegues del sistema, más teniendo sentencia absolutoria por la vía penal.

    Pero tan cierto es que sigues teniendo potestad para instar una revisión de las medidas finales del Convenio, especialmente si dicha revisión está justificada.

    Un abrazo.
    A.

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