Una de las preguntas más recurrentes en los foros fiscales es cómo obtener la devolución de la declaración de la renta de una persona fallecida, declaración que debe de firmar, como representante, el heredero o uno de los herederos.
Hay que adjuntar, junto con la declaración, cierta documentación, que dependerá de si el importe a devolver es igual o inferior a 2.000 euros o superior a 2.000 euros.
Para el primer caso, si el importe es inferior o igual a 2.000 euros hay que presentar: certificado de defunción, libro de familia, certificado de últimas voluntades y testamento del fallecido en caso de haberlo. Si existen varios herederos hay que presentar un escrito en el que todos autoricen a uno de ellos para recibir el dinero de la declaración en la cuenta que se designe y por último un certificado de la entidad bancaria que acredite el titular de la cuenta.
Si la cantidad a devolver es superior a 2.000 euros, además de todos los documentos citados, también hay que presentar el justificante de presentación del Impuesto de Sucesiones en el que se haya incluido en la masa hereditaria el importe de la deducción como un crédito más y se exigirá un poder notarial de autorización del resto de herederos al que va a cobrar la devolución .Por último, en cualquier caso, habrá que presentar modelo H-100 http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Links/Herederos/formulario_herederos.pdf , modelo nacido de la legislación de formulario, ya que no es encuentra publicado en ningún BOE.