Archivos de la categoría Fiscalidad

Impuesto sobre el patrimonio. Excepcional y transitorio.


Algo así rezaba la exposición de motivos de la norma que creaba este impuesto, que era de carácter excepcional y transitorio, excepcionalidad y transitoriedad que han venido prolongándose hasta nuestros días, 41 años después (se creaba con la Ley 50/1977).

De las normas fiscales contenidas en el Proyecto de Ley de  Presupuestos Generales del Estado para 2019 llama fuertemente la atención la ausencia de novedades, las que se citan en cualquiera de los artículos pagados a 2 euros en cualquiera de los medios de comunicación: que si crean dos nuevos escalones en la tarifa general y del ahorro en el IRPF, pinceladas en el IS, reducción del IVA de las compresas, supresión de bonificación al diésel… me niego a que me tachen de plagiar cualquiera de esos artículos. La entrada propiamente sería decir que no hay nada nuevo. Además, el grueso vendrá con la elaboración de nuevas leyes para la creación de nuevas figuras impositivas sí contempladas en los ingresos.

Pero sí quiero hacer un pequeño comentario sobre una ligerísima modificación de la que creo nadie se ha hecho eco, no es muy importante afectará a muy pocos contribuyentes.

Desde 2001 llevamos en el Impuesto sobre el Patrimonio con la transitoriedad sobre la transitoriedad. El impuesto se bonificó en 2001 en el 100%, pero salvo uno o dos años, esa bonificación se ha ido derogando año tras año en las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado.

En el borrador de Proyecto para 2019 no encuentro que se derogue el artículo 33 de la Ley 19/1991, por el que se establece esa bonificación, aunque también es cierto que ya está suprimida para los años 2019 y 2020. Lo que sí hace el Proyecto es poner la escala de gravamen, exactamente igual que la contenida en la Ley del Impuesto salvo en el tramo más alto, el de bases liquidables superiores a 10.695.996,06, con un tipo a aplicar del 3,5% (en la Ley 2,5%).

Si lo mezclamos con los nuevos escalones en IRPF, ya podemos empezar a pensar que algún rumor sobre alguna de las fortunas españolas y su desplazamiento a Portugal no parece descabellado.

Prestación de maternidad e IRPF (y III – Tribunal Supremo).


Llevaba dos artículos sobre el tema en esta página:

https://inlucro.org/prestacion-por-maternidad-e-irpf/

https://inlucro.org/prestacion-maternidad-e-irpf-sigue/

Y hoy acaba de salir la noticia, ya hay sentencia del Tribunal Supremo las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas. No se puede localizar aún esa sentencia, pero sí hay comunicación oficial, que “plagio” aquí:

viernes, 5 de octubre de 2018

El Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF

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Año 2015.


Un breve comentario al hilo del ministro Pedro Duque y su sociedad patrimonial.

Todos los medios vienen a coincidir en lo mismo: la mencionada sociedad no declara ingresos desde el año 2015. Parece grave la mentira del propio Ministro que parece haber asegurado que declaraba el autoalquiler como ingreso de la sociedad. Además de la posible falta de ética.

Pero no veo a ningún medio que haya caido en la cuenta de un pequeño detalle. El año en el que comienza la ausencia de ingresos, 2015, viene a coincidir con el cambio de régimen fiscal para las sociedades patrimoniales, en la que éstas pierden casi todos los beneficios tributarios.

Sin tener los papeles delante y sin conocer las versiones al completo es imposible valorar y formar juicio al respecto, pero visto así, con el pequeño detalle inlcuido, no huele nada bien.

alrodrigo

¿Son mejores unos impuestos progresivos y decorativos o desiguales pero eficientes?


“Entre todos la mataron y ella sola se murió. La base irrenunciable para el análisis es la observación empírica de los hechos. De nada sirve quejarse de los “hooligans” que han agitado las tertulias y abucheado el Informe del prestigioso Manuel lagares, como algunos catedráticos respetuosos y reverenciales. El sistema fiscal vigente en España es claramente disfuncional y es absolutamente imposible no constatar que la recaudación tributaria efectiva es muy baja en relación al resto de países del entorno económico. De ese hecho no se puede ni debe deducir que el grueso de los contribuyentes españoles pague menos o soporte una presión fiscal media inferior: al contrario, todo apunta a que es el ciudadano europeo que mayor presión fiscal media indirecta soporta. Entre 1993 y 2013, muchos españoles con una renta inferior a la media han pagado más de 65% de impuestos y tasas.  La ideología es una magnífica coartada para justificar el fraude, la ineficiencia, la desidia y el descontrol.

De entrada, no es posible seguir manteniendo la ficción de dos conceptos nucleares podridos de ideología. Ni la progresividad en el impuesto es justa y deseable, ni los impuestos indirectos son eficientes. No es un problema de medios ni de control: ambos conceptos favorecen el arbitraje y multiplican el fraude fiscal porque son en esencia perversos. El sistema fiscal no es un ansiolítico que deba servir para atemperar el sentimiento de frustración, de envidia o la mala educación de algunos colectivos;  su principal característica debe ser la eficiencia en la recaudación, porque las consecuencias que se derivan de un sistema de recaudación ineficiente son más dañinas que la ausencia de recaudación. Menos de la tercera parte del IVA que pagan realmente los consumidores llega a Hacienda; el 90% del IRPF lo soportan los contribuyentes con nóminas medias y bajas.

El sistema de imposición indirecta precisa un gran aparato administrativo de control, cada vez más costoso y cada vez más ineficiente. Es un sistema pensado por fomentar el fraude y el arbitraje. El sistema de multas no puede funcionar. Ir a la cárcel a los 75 años tras haber enriquecido a 3 generaciones de descendientes no es un castigo, es un título de gloria. En España, sin ir más lejos, un tercio de la población más rica no ha pagado nada a Hacienda en los últimos 15 años, ni directa ni indirectamente, y se ha beneficiado de generosas subvenciones. Lo han podido hacer gracias a un sistema de impuestos decorativos que los partidos de izquierda defienden en nombre de la redistribución social. El gran truco de la progresividad consiste en segmentar a los contribuyentes pobres en varios tramos: simplemente pobres, muy pobres y rematadamente pobres.”

(c) Belge.  Febrero 2013