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Banco Popular e IRPF.


Actualizado a 28.03.2018

El día 7 de junio de 2017 realicé una primera redacción de este primer artículo, la confusión era mucha y los errores bastantes, lo que me llevó a una primera revisión el día 8 de junio, una vez conocidos los detalles de las actuaciones del FROB. Ahora, 28 de marzo, redacto un nuevo mensaje, sin variar casi nada, pero dándolo una mayor practicidad. He optado por mantener, en la zona inferior, todo el mensaje redactado el día 8, por si alguno quiere ver que nada ha cambiado. También he optado por mantener los comentarios existentes hasta el día de hoy, no porque aporten algo al redactado actual, sino como memoria viva de haberse comentado aquí todas las novedades al poco de conocerse.

Las actuaciones realizadas por la Resolución de 7 de junio de 2017 del FROB (publicada en el BOE del 30 de junio) fueron:

  1. Reducción del capital social a cero euros mediante la amortización de las acciones en circulación hasta el 6 de junio de 2017.

Fiscalmente, todas las personas físicas que fueran accionistas hasta esa fecha, 6 de junio de 2017, tendrán que declarar en el IRPF de 2017 una pérdida patrimonial, que coincidirá con el valor de adquisición de las acciones que mantenían en cartera. Esta pérdida se considera igual que cualquier otra pérdida por transmisión, a integrar en la base del ahorro. En valor de transmisión pondremos cero, y en valor de adquisición el que cada uno tenga. Las casillas a emplear son la 308 y siguientes.

  1. Ejecución de una primera ampliación de capital social, por importe de 1.346.542.000 euros, emitiendo nuevas acciones de valor nominal 1 euro, con el objetivo de canjear la totalidad de los instrumentos de capital adicional de nivel 1 (obligaciones, bonos y participaciones preferentes).
  1. Nueva reducción del capital social a cero euros mediante la amortización de las acciones suscritas en la actuación segunda anterior.

Fiscalmente, los obligacionistas poseedores de los instrumentos de nivel 1 citados en el punto 2, a 6 de junio de 2017, tienen un rendimiento de capital mobiliario negativo derivado de la transmisión de activos financieros, por la diferencia entre el valor de transmisión, que es cero euros, menos el valor de adquisición de los títulos, a integrar en la base del ahorro. Las casillas a emplear son la 029 para las obligaciones y los bonos y la 032 para las participaciones preferentes.

  1. Ejecución de una segunda ampliación de capital, por importe de 684.024.000 euros, emitiendo nuevas acciones de valor nominal 1 euro, con el objetivo de convertir la totalidad de los instrumentos de capital de nivel 2 (deuda subordinada, emisiones no cotizadas). Posteriormente todas estas acciones nuevas son vendidas al Banco de Santander por un importe global de 1 euro.

Fiscalmente, los obligacionistas poseedores de los instrumentos de nivel 2 a 6 de junio de 2017, tienen un rendimiento de capital mobiliario negativo derivado de la transmisión de activos financieros, por la diferencia entre el valor de transmisión, que es cero euros, menos el valor de adquisición de los títulos, a integrar en la base del ahorro. Las casillas a emplear son la 029 para emisiones no cotizadas y la 032 para la deuda subordinada.

 

 

 

Con fecha 12 de septiembre de 2017 el Banco de Santander emite una OPV para los afectados por las actuaciones del FROB, ofreciéndoles la posibilidad de adquirir, sin desembolso alguno, los denominados Bonos de Fidelización, por un importe equivalente a la inversión en acciones o en determinadas obligaciones subordinadas de Banco Popular, todo ello a cambio de renunciar al ejercicio de acciones o reclamaciones legales contra las sociedades del Grupo Santander. La valoración de los Bonos de Fidelización se sitúa en el 70% de su valor nominal. La entrega se hizo el 15 de diciembre de 2017 y, por tanto, tiene repercusión en la declaración de este citado año.

Fiscalmente se ha venido especulando mucho con esta entrega, incluso se comentó por algún experto que debería de tributar en el Impuesto de Donaciones, si bien esta opción no tiene mucho sentido, al no existir un “animus donandi”, la entrega no es una pura liberalidad de Banco de Santander, sino que se hace a cambio de algo. Finalmente es la Dirección General de Tributos la que nos aclara la tributación, que cambia dependiendo de si los aceptantes eran accionistas o eran obligacionistas.

Los accionistas que hayan aceptado los Bonos de Fidelización tienen una ganancia patrimonial por el valor de mercado de las nuevas obligaciones recibidas, el 70% de su valor nominal, a integrar en la base del ahorro, y que les permite compensar la pérdida por la amortización de sus acciones. La casilla a utilizar es la 372. Según vayan percibiendo los intereses de los Bonos tendrán un rendimiento de capital mobiliario y cuando los vendan o los amorticen tendrán otro rendimiento de capital mobiliario por diferencia entre el precio de venta o de amortización menos el valor de mercado señalado antes (el 70% de su valor nominal).

Los obligacionistas que hayan aceptado los Bonos de Fidelización tienen un rendimiento de capital mobiliario positivo por el valor de mercado de los bonos recibidos, el 70% de su valor nominal, rendimiento sometido a ingreso a cuenta que les ha sido repercutido y que se integra en la base del ahorro, compensando el rendimiento negativo por la amortización de sus anteriores títulos. La casilla a utilizar es la 029. Según vayan percibiendo los intereses de los Bonos tendrán un rendimiento de capital mobiliario y cuando los vendan o los amorticen tendrán otro rendimiento de capital mobiliario por diferencia entre el precio de venta o de amortización menos el valor de mercado ya indicado (el 70% de su valor nominal).

 

 

 

Por último, para quienes tengan sentencias pendientes. Mi opinión es que deben de ceñirse a esta fiscalidad en estos momentos y en un futuro, si las sentencias les dan la razón, ajustar las cuentas con hacienda conforme a lo dictado en la correspondiente sentencia, siempre que sea firme.

 

 

 

Fuente documental, por orden cronológico:

 

 

Redacción a 08.06.2017.

Anticipando lo que vendrá, tras una lectura del hecho relevante, creo este es el camino que se va a seguir:

Se realiza una primera reducción del capital a cero, amortizando las acciones en circulación hasta el 6 de junio de 2017. Los accionistas tendrán una pérdida patrimonial que coincidirá con el valor de adquisición de las acciones que mantenían en cartera, pérdida que debe considerarse igual que cualquier otra pérdida por transmisión, a integrar en la base del ahorro. Al respecto existe, al menos, una consulta vinculante, la V2174-16: http://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V2174-16

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¿ A quién le interesa provocar la quiebra del Banco Popular?


En la crisis actual que está soportando el Banco Popular,  es importante entender las perversas razones que impulsan a algunos lobbies de Barcelona a promover la quiebra y liquidación de la única entidad financiera española que no se ha beneficiado de ninguna ayuda directa ni indirecta. Provoca cierto sonrojo intelectual leer a analistas, políticos y periodistas catalanes y valencianos cuando se ponen estupendos y se oponen a cualquier tipo de rescate con un mínimo coste para los contribuyentes. Solo falta que nos hablen de riesgo moral y de las esencias liberales del mercado los mismos personajes que aplaudían con las orejas que se rescatara con 60.000 millones de euros de dinero público el corrupto sistema financiero catalán y con más de 40.000 millones las politizadas cajas de ahorro valencianas.

El Fondo de Reptiles es una expresión acuñada en su día por el poderoso Bismark para referirse al soborno de la Prensa y a la compra de periodistas.  La anécdota histórica es tan reveladora como divertida. En España, dicho Fondo siempre ha estado muy bien dotado, pero nunca tanto como en la actualidad.  El lobby catalán ha invertido mucho dinero para intentar “crear opinión” y provocar un cierto clima de “alarma” que deje al Banco Popular al pie de los caballos.

Como ocurre con el argumentario que los partidos políticos distribuyen habitualmente a sus periodistas y militantes,  los artículos que se han publicado en las últimas semanas siguen un mismo guión retórico.  El Banco Popular tiene una cartera inmobiliaria problemática, la compra del Banco Popular por parte de Santander o BBVA es un mal negocio que penaliza sus acciones, la fusión natural de Bankia y de Banco Popular sería poco menos que un intolerable rescate público que restaría valor a su privatización (apréciese la sublime contradicción), lo mejor para el mercado es que accionistas, bonistas y depositantes del Banco Popular pierdan sus ahorros, el Banco Popular no es un banco sistémico y no pasaría nada si quiebra.

En ese tipo de análisis patrocinado solo falta el verdadero motivo por el que intentan quemar el bosque: hacer desaparecer los rastros, las huellas y las posibles evidencias de una gestión frívola y arriesgada.  Siempre que un inversor compra, hay otro que vende, y uno de los dos se equivoca.  Es la regla de oro de la teoría del mercado eficiente.  La generosa contrapartida de bancos y cajas en el mercado desde el año 2006 deja un saldo de inversores y empresarios ganadores ( los que vendieron y consiguieron generosos préstamos) y un reguero de pymes, pequeños ahorradores y depositantes perdedores.  Pero lo que es obvio y notorio hoy, asumido por todos,  ya era conocido por unos pocos expertos y analistas del sector en el año 2003.  E incluso antes. En sus escritos de prensa, el gobernador del Banco de España, Luis Ángel Rojo, ya mostraba toda su preocupación.

En el año 2003, quién firma este artículo ya publicó varios análisis sobre el gran riesgo que entrañaba la expansión de los balances.  Entendía, desde el más puro y lego sentido común, que las Nuevas Normas Contables Internacionales propiciaban la venta indirecta de activos dudosos y comprometidos a los bancos y cajas menos vigilantes o escrupulosos.  Yo entendía en 2003, que cualquier empresario con un local comercial revalorizado y un balance un poco aseado podía “asegurar” una buena venta de su negocio por el sencillo procedimiento de pedir generosos préstamos o líneas de crédito con el pretexto de “crecer” y “expandir” el negocio.

Hubo muchas presiones políticas desde Berlín y Bruselas para levantar la mano en la gestión del riesgo, y que fluyera el crédito “a valor de mercado”.  Y no solo fuera de nuestras fronteras. En España, el incipiente debate social sobre el apetito inmobiliario de los particulares sirvió para ocultar la frívola y dudosa gestión del riesgo en las politizadas Cajas de Ahorro. No es ninguna casualidad que ese mismo debate existiera en el seno del muy conservador y riguroso Consejo de Administración del Banco Popular y que los partidarios de “expandir los balances” estuvieran locos por “echar” a Luis Valls Taberner.  Tampoco lo es que ahora quieran promover la quiebra que borre las pruebas que pudieran delatarles.

 

P.D (12/06/2017  Entrevista a Angel Ron.  http://www.abc.es/economia/abci-banco-popular-sido-solvente-hasta-ultimo-201706112241_noticia.html   Habla con toda la claridad posible)