Guerra civil en la Juridicatura. Al filo del mediodía del pasado viernes, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, Luis María Díez-Picazo, avocaba al Pleno de la Sala para decidir “si el giro jurisprudencial” de la sentencia dictada dos días antes por el magistrado ponente Jesús Cudero “debe ser o no confirmada”. Comunicaba a los medios, que no había sido informado de la polémica revisión relativa a la vigencia del artículo 68.2 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado en 1995 y refrendado el pasado 28 de febrero por el propio Tribunal Supremo. Los periodistas y medios que apoyan a los Golpistas se han lanzado en tromba a intentar manipular a la Opinión Pública. Pretenden condicionar el debate con argumentos envenenados y planteamientos torticeros que no se corresponden a los hechos. En su afán por apelar a los bajos instintos y al reflejo más sectario de los ciudadanos, como correa de transmisión de la estrategia de Podemos, no valoraron que la alarma económica y social provocada por la delirante sentencia podía volverse como un boomerang. Con inusitada rapidez, los bancos jugaron la carta del agravio comparativo, a cuenta de la retroactividad de la decisión, dirigiendo las reclamaciones de 11 millones de hipotecados contra Hacienda. La revisión de la jurisprudencia, y relectura partidista del artículo 68.2 para favorecer la estrategia política de Podemos y del PSOE, se basa en una falsificación notable de los hechos económicos y financieros que han ocurridos en España desde el año 95. Por aclarar y fijar los hechos, es necesario establecer su cronología. Ahí va nuestra pequeña y humilde contribución al debate.
- En primer lugar, es una aberración entrar a valorar si tienen más interés los bancos y cajas en prestar dinero a sus clientes, o si lo tienen los hipotecados en tomarlo prestado. Es una falacia argumental que se demuestra – per se – por el hecho innegable que muchos clientes nuevos aparecen en la Entidad Financiera a raíz de solicitar el crédito. Ningún banco llama a la puerta de Pascual o Mengano para ofrecerles dinero, es Fulano el que llama al timbre de la Sucursal Tal para conseguir una hipoteca.
- En segundo lugar, esa falacia es impropia de un funcionario íntegro de una Alta Magistratura del Estado. A nadie, con un mínimo de sentido común se le ocurriría sostener que “un frutero” debe devolver el IVA recaudado a sus clientes, con carácter retroactivo, porque tiene más interés y beneficio en vender su género que el consumidor en comprarlo.
- En tercer lugar, la presunción misma de que los bancos tenían interés en comercializar hipotecas es una conjetura que no se verifica. En el periodo que va de 1994 a 2007, los bancos formalizaron menos contratos hipotecarios que las Cajas de Ahorro. A la hora de conceder crédito a los particulares, el criterio de los bancos era notablemente más restrictivo. La disposición al crédito era mucho mayor en las Cajas dirigidas por los políticos de turno que en los bancos gestionados en nombre de sus accionistas.
- En ese mismo sentido, se pueden documentar muchos casos en que las Cajas concedieron cuantiosos préstamos hipotecarios, por razones políticas, a empresarios dudosos y particulares insolventes.
- Es imposible que el Tribunal Supremo desconozca que el saldo financiero neto de un billón de euros de las Familias en España no basta para prestar dinero a las empresas y a las administraciones. Y siendo imposible que lo ignore, conoce las severas condiciones financieras en que nos fue concedido el abultado crédito exterior.
- Es un hecho indiscutible, a partir del año 2007, que el dinero de las hipotecas que las Cajas de Ahorro concedían sin criterio profesional y por enchufe político a Euribor + 0,25%, lo conseguían fuera de nuestras fronteras pagando una pesada Prima de Riesgo. Es decir: por pura corrupción política, en zonas como Madrid, Valencia y Cataluña, las Cajas de Ahorro daban préstamos hipotecarios a pérdida, a favor de personas y empresas insolventes.
- Es indudable que los bancos españoles, penalizados por la Prima de Riesgo, intentaron limitar el crédito, a pesar de las presiones de los partidos de izquierda. En muchos casos, la cláusula suelo sólo indicaba la diferencia entre el precio al que se estaba prestando el dinero en España y el coste de conseguirlo fuera.
- Acreditado que los bancos españoles no tenían especial interés, más allá de las estrategias comerciales por mantener su cuota de mercado, en endeudarse fuera de España al 4 y 5% para prestarlo aquí a menos del 2% TAE, es necesariamente MENTIRA que puedan tener más interés y beneficio en vender hipotecas que el clientes en conseguir crédito.
- Desde un punto de vista político, dos partidos como el PSOE y ERC que dejan España en bancarrota en 2011, tapando su corrupción en la gestión de las Cajas de Ahorro, deben explicar qué interés pueden tener los bancos en perder dinero vendiendo hipotecas.
- Si los bancos españoles han perdido dinero vendiendo hipotecas baratas por presiones políticas, ¿cómo justifican los jueces del Tribunal Supremo que revisaron su propia jurisprudencia que deban pagar un impuesto que recaudaron para Hacienda conforme a la legislación vigente?