Quedan 26 días.


Para el inicio de la campaña del IRPF 2015. Me propongo poner alguna entrada práctica sobre el tema, esperando no aburrir y que al menos os pueda servir.

Y empiezo con uno de los temas básicos, intento responder a la pregunta: ¿estoy obligado a declarar?

Tanto el artículo 96 de la Ley 35/2006 como el artículo 61 del Reglamento del Impuesto establecen que TODOS estamos obligados a presentar y suscribir declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. A pesar de incumbir la obligatoriedad a TODOS, la Ley nos exime de dicha presentación en unos casos muy concretos, aunque ello no quiere decir que, si nos interesa, no podamos presentar declaración.

Son dos los casos en los que se nos “perdona” la presentación de declaración. Sin embargo, no existe tal eximente (es decir, estamos obligados a presentar declaración aún estando en alguno de los dos casos) si tenemos derecho a deducción por inversión en vivienda, por doble imposición internacional o si realizamos aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible, cuando ejercitemos el derecho a la deducción o a la reducción.

Veamos cuáles son los dos casos citados.

CASO I.

Obtenemos única y exclusivamente rentas procedentes de las fuentes citadas a continuación y además no superamos los límites indicados:

Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales. El límite será de 12.000 euros en cuatro supuestos:

1. Cuando procedan de más de un pagador. En este caso el límite seguirá siendo de 22.000 euros si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, no supera en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales; o cuando se trate de pensionistas cuyas retenciones se practiquen de acuerdo con las determinadas por la Agencia Tributaria, previa solicitud del contribuyente mediante el modelo 146.

2. Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.

3. Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a practicar retención.

4. Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta. Las ganancias, por tanto, son procedentes de la venta de participaciones de fondos de inversión, premios, etc. El límite conjunto para todas ellas es de 1.600 euros anuales.

Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado

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El Teorema Tricheto (I)


El Teorema Tricheto


Cuando Gutemberg inventó la imprenta no se podía imaginar la que había liado. Fue sólo un paso más en la larga marcha hacia lo que Pierre Theilhard de Chardin definió como “noosfera”, la humanidad organizada como un todo. Desde entonces, como diría McLuhan, otro fósil imprescindible del pensamiento moderno, cada arreón político o tecnológico deja fuera de juego a la mayoría de los contemporáneos, sin distinción de raza, credo o posición social. Ha vuelto a ocurrir. La fe ciega en el monetarismo radical anglosajón ha alumbrado una de esas metamorfosis que describía el genial pensador canadiense: ha hecho nacer el homo economicus, programado genéticamente para extrapolar la lógica de la rentabilidad hasta sus últimas derivadas. Si no se entiende esto, difícilmente se podrá conocer el alcance de la crisis subprime.

En un mundo sin fronteras interiores, dos son las cosas que viajan más deprisa que la luz: el rumor y la lógica. A penas ha surgido una duda en los confines de un desierto, que ya carcome los cimientos contables del banco más solvente. Si es posible, es verdad; si es verdad, ya es demasiado tarde. Como sabe, por otra parte, cualquier especulador. El nuevo mundo vive de las expectativas que es capaz de generar y sostener. He ahí una extraña paradoja. Nada tan difícil de sostener como la expectativa que crece a la velocidad del rumor. Es el Teorema Tricheto. Su enunciado es el siguiente: si la suma de la Riqueza Fiduciaria (RF) de la economía mundial crece a una tasa mayor que la suma de la Riqueza Real (RR), solo es una cuestión de tiempo que supere un límite superior más allá del cual su valor desaparece.

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Los Falsificadores (II)


Los falsificadores


En los trances en los que estamos – la quiebra definitiva del monetarismo – igual conviene recapitular. Tengo buenas razones para sospechar que la inmensa mayoría de nuestros contemporáneos se halla más confundida y desanimada que si intentara seguir en televisión el argumento de la serie Perdidos. No les queda otra. Les toca asistir a la tertulia que tienen montada los economistas, políticos y periodistas varios que se pelean por el micrófono para explicar la crisis que no vieron venir, e incluso negaron. No saben que palo de la baraja pinta, pero cantan las 40 con total desparpajo.

Empezaré por la anécdota de un pequeño contencioso, años atrás, con un creador de mercado cuyo nombre no quiero recordar. Sin entrar en detalles triviales acerca del fraude, cuando finalmente conseguí ponerme en contacto con la CNMV, descubrí que el funcionario que atendía amablemente mi reclamación, ni tenía conocimientos para entrar en el fondo del asunto, ni se planteaba hacerlo. No me enojé, al contrario: no hay nada más tranquilizador en este mundo que descubrir que los Reyes Magos son los padres. El tan cacareado control del mercado de los derivados en España – y por extensión lógica, de los mercados a secas – era/es, en el mejor de los casos, una ficción, y en el peor, una falacia. Cosas que se dicen para meterle “sólo la puntita” al inversor. Casualidad maravillosa, el propio Alan Greenspan lo confesaba esta semana: “Quienes confiamos en el interés de las instituciones prestamistas en proteger el patrimonio del accionista -incluido yo- estamos atónitos y no podemos creer lo que han hecho”. Créaselo, Sr Greenspan: la criatura está ya de 9 meses, redonda como una cebolla.

La crisis actual y lo que ha ocurrido – el cómo, cuándo y porqué – hay que explicarlo de manera que al menos lo entienda un niño de 8 años (o en su defecto, una niña de 6). A los adultos, ni intentarlo: nunca podrán entender y asumir su propia condición ciudadana a plena luz. Con el tiempo, el simple interés deviene irremediablemente interés compuesto.

El mecanismo del monetarismo y todos sus avatares se puede reducir al siguiente esquema simplificado: la división del trabajo de la falsificación de la moneda

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Deflación buena para Alemania, mala para los europeos


Los medios no lo contarán, es posible que ni siquiera sean capaces de explicar las medidas que hoy ha tomado el BCE.  Viven instalados en la crítica moral, el puritanismo religioso y el cotilleo intrascendente.

La decisión del BCE de Draghi – si hubiera que explicársela a un niño de 8 años – consiste en quitarle el dinero de sus cuentas a los ahorradores para dárselo a los directivos de las grandes corporaciones.  No la hacen de un modo directo, sino pagando con generosidad a los intermediarios que financian con dinero ajeno los disparatados planes de expansión de las empresas.  Es un Robin Hood paradójico: roba a los “pobres” y a las pequeñas empresas el “valor” (oro) que atesoran para dárselo a los “ricos” a cambios de bonos (vales).

El daño que el BCE está causando al Euro y a la UE es tremendo y solo puede interpretarse de una manera: ni Francia, ni Alemania ni el Reino Unido creen ya en el Proyecto de Construcción Europea, y se han alistado como vasallos dell Proyecto Americano Global.  Están preparándose – visiblemente – para un escenario futuro muy distinto al que inspiró la creación de la CEE.

Belge. 10-03-16

 

Nunca formaría parte de un club que me admitiera como socio. Pero toda regla tiene su excepción.